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El Espectador.

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Condenan a 2 exconjueces de la Judicatura de Córdoba por carrusel de la educación

Como coautores del delito de prevaricato por acción.

La Sala Especial de Primera Instancia de la Corte Suprema de Justicia condenó a 6 años y 3 meses de prisión a los exconjueces de la Sala Disciplinaria del Consejo Seccional de la Judicatura de Córdoba, Justo Genaro Olascoaga Rada y Luis Gregorio Cepeda Díaz, como coautores del delito de prevaricato por acción.

También fueron condenados al pago de una multa de 132.29 salarios mínimos legales mensuales vigentes para la época de los hechos, e inhabilitados para el ejercicio de derechos y funciones públicas por un lapso de 8 años, 2 meses y 1 día.

Además les niega la suspensión condicional de la ejecución de la pena y la prisión domiciliaria. 

Los hechos por los cuales fueron juzgados tienen que ver con una sentencia de tutela que los dos conjueces dictaron el 8 de septiembre de 2015, a través de la cual anularon parcialmente un proceso disciplinario contra de la Juez Primero Civil del Circuito de Montería, Ana Cecilia Arias Moreno, que la había inhabilitado por 10 años a ejercer cargos públicos dentro de la investigación por el carrusel de la educación que significó un millonario desangre de recursos públicos.

 

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